El hecho de que el jurista sea en primer té,rmino un sacerdote de la ley no le priva de la obligació,n de examir los textos legales, a la luz de los valores morales que comprenden la seguridad social, el orden, la equidad y sobre todo la justicia, ese valor tan difí,cil de acotar pero esencial en la comprensió,n del Derecho. Ahora bien, el estudioso de cualquier discipli no puede olvidar que el ser humano vive en toda su í,ntegra unidad, y por tanto, al especializarse en determida materia no debe relegar que de algú,n modo, cada profesiol debe procurar tener conocimiento, aunque sea somero, de las conclusiones fundamentales de las demá,s ciencias sociales.
Por ello, y con el objeto de que nuestros abogados tengan nociones econó,micas que los capaciten de mejor manera para hacer, interpretar, aplicar y promover el progreso del derecho positivo, en la Facultad de Derecho de la Universidad ciol Autó,noma de Mé,xico se agregaron cursos de Economí,a.
En tal virtud, estas notas de Teorí,a Econó,mica está,n dedicadas a los estudiantes de las Facultades y Escuelas en las que se enseñ,a Derecho.
La Economí,a es u ciencia moder pero no quiere decir que las dificultades que hoy afronta no hayan existido. Es evidente que desde que el ser humano tuvo necesidades y contempló, las complicaciones para distribuir la riqueza, los problemas econó,micos estuvieron latentes, prueba de ello son las aportaciones de Aristó,teles, Santo Tomá,s, los mercantilistas, Ricardo Cantilló,n y muy especialmente las de Adam Smith, a partir de quien se señ,ala el cimiento cientí,fico de la economí,a, y a quien habrí,an de seguir nombres tan ilustres como los de Tomas Roberto Malthus, Juan Bautista Say, David Ricardo y Stuart Mill.
En la actualidad los problemas econó,micos, que siempre han existido, han adquirido urgencia y actualidad que los hacen iplazables.